\n Impuesto sucesiones Comunidad Valenciana 2026 | Alcántara Legal

Impuesto de sucesiones · Comunidad Valenciana

Impuesto de sucesiones en la Comunidad Valenciana (2026): 99% bonificado para la familia directa

Hijos, cónyuge, padres y abuelos pagan en la práctica el 1% de la cuota. Y desde el 1 de junio de 2026 hay novedad histórica: hermanos, tíos y sobrinos (grupo III) también empiezan a tener bonificación — del 25%, que subirá al 50% en junio de 2027.

Respuesta rápida En la Comunitat Valenciana los hijos, cónyuge, padres y abuelos (grupos I y II) tienen bonificación del 99% de la cuota del impuesto de sucesiones (Ley 13/1997, art. 6 bis (red. Ley 7/2021)). Resultado: heredar 300.000 € de tu madre ≈ 550 €. Desde el 1 de junio de 2026, hermanos, tíos y sobrinos (grupo III) tienen una bonificación del 25% (subirá al 50% desde el 1-6-2027, Ley 5/2025).

El ejemplo, en números

Heredar 300.000 € de tu madre en la Comunitat Valenciana
PasoImporte
Base liquidable (tras reducción por parentesco, grupo II)≈ 284.043 €
Cuota íntegra (tarifa estatal)≈ 51.398 €
Coeficiente multiplicador (patrimonio < 402.678 €)× 1,0
Bonificación autonómica grupos I-II− 99%
A pagar≈ 514 €

La misma herencia en Cataluña ≈ 37.300 €. La diferencia entre comunidades no es un detalle: es el argumento de la planificación sucesoria.

Bonificaciones por grupo, 2026

ParentescoGrupoBonificación cuotaReferencia
Hijos y descendientes < 21 añosI99%Normativa Consell (vigente)
Hijos, cónyuge, padres, abuelosII99%Normativa Consell (vigente)
Hermanos, tíos, sobrinosIII25% desde 1-6-2026 · 50% desde 1-6-2027Ley 5/2025 GVA (BOE-A-2025-11959)
Parientes colaterales 4º, extrañosIVSin bonificación general

Reducciones que puedes aplicar antes de calcular

La novedad de junio de 2026, explicada

La Ley 5/2025 de la Generalitat amplió las bonificaciones a los colaterales de segundo y tercer grado (hermanos, tíos y sobrinos): 25% de bonificación sobre la cuota desde el 1 de junio de 2026 y 50% desde el 1 de junio de 2027. Si estás en ese grupo y la herencia se devengó antes o después de esas fechas, la diferencia es real — merece la pena calcular ambos escenarios antes de aceptar la herencia o renunciar.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga de impuesto de sucesiones en la Comunidad Valenciana?

Hijos, cónyuge, padres y abuelos pagan el 1% de la cuota (99% bonificada): heredar 300.000 € ≈ 514 €. Hermanos, tíos y sobrinos pagan la cuota con 25% de bonificación desde junio de 2026 (50% desde junio de 2027).

¿Qué novedad hay en 2026 en las herencias valencianas?

La Ley 5/2025 introduce bonificación del 25% para el grupo III (hermanos, tíos, sobrinos) en hechos imponibles desde el 1-6-2026, que sube al 50% desde el 1-6-2027.

¿A quién afecta la bonificación del 99% en Valencia?

A los grupos I y II: descendientes (y menores de 21 con mejora), cónyuges, ascendientes y adoptantes. No a hermanos, sobrinos ni personas sin parentesco.

¿Qué pasa si heredo siendo hermano o sobrino en Valencia?

Se aplica la tarifa con coeficiente del grupo III (más caro) y, desde el 1-6-2026, bonificación del 25% de la cuota. En muchos casos conviene comparar la fecha de devengo y las alternativas (aceptar a beneficio de inventario, renunciar, o pactar la transmisión en vida con asesoramiento).

Revisado: septiembre 2026 · Fuentes: Ley 29/1987 (BOE-A-1987-28141), normativa del Consell y Ley 5/2025 de la Generalitat Valenciana, Agència Tributària Valenciana. Cálculos orientativos; no sustituyen la liquidación definitiva.

¿Heredas en la Comunitat?

Valencia, Alicante o Castellón: te decimos la cifra exacta y presentamos por ti. Primera consulta gratuita.

Escribir al despacho