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Impuesto de sucesiones · Galicia
Galicia es, junto a Madrid, el territorio más amable de España para heredar dentro de la familia: hijos, cónyuge y padres reducen la base en 1.000.000 € y pagan el 1% de la cuota restante. La mayoría de herencias familiares gallegas sale a cuota cero.
| Paso | Importe |
|---|---|
| Base imponible | 300.000 € |
| Reducción grupos I-II (Galicia) | − 1.000.000 € |
| Base liquidable | 0 € |
| A pagar | 0 € |
Solo si la herencia familiar supera el millón, el exceso tributa con la tarifa gallega (5%-12% para grupos I-II) y sobre la cuota resultante se aplica la bonificación del 99%. La misma herencia de 300.000 € en Cataluña ≈ 37.300 €.
| Base liquidable (hasta €) | Cuota íntegra (€) | Resto hasta (€) | Tipo |
|---|---|---|---|
| 0 | 0 | 50.000 | 5% |
| 50.000 | 2.500 | 125.000 | 7% |
| 125.000 | 7.750 | 300.000 | 9% |
| 300.000 | 23.500 | 600.000 | 11% |
| 600.000 | 56.500 | en adelante | 12% |
Fuente: Axencia Tributaria de Galicia (atriga.gal), Decreto Legislativo 1/2011. A la cuota resultante se aplica la bonificación del 99% en grupos I y II (límite de 150.000 € de bonificación según parentesco; consúltanos tu caso concreto).
Sí, por tres motivos. Primero, la reducción de 1.000.000 € tiene límites y requisitos que hay que documentar bien (valoración correcta de los bienes, afección de la vivienda, empresas). Segundo, el plazo de 6 meses y el modelo 650 ante la ATRIGA se presentan igual, con o sin cuota. Y tercero: si el fallecido vivía en otra comunidad (madrileños con origen gallego, peruanos residentes en Cataluña con casa en Ourense…), la comunidad competente no siempre es la que crees — y ahí se juegan miles de euros.
Con la reducción de 1.000.000 € y la bonificación del 99%, la mayoría de herencias de hijos, cónyuge y padres sale a cuota 0 €. Solo el exceso sobre el millón tributa (tarifa 5-12%, cuota bonificada al 99%).
Porque la normativa gallega (DLeg 1/2011) acumula una reducción autonómica de 1.000.000 € para grupos I-II y una bonificación del 99% de la cuota para esos mismos grupos.
Ser del grupo I o II (descendientes, cónyuge, ascendientes), documentar la reducción correctamente y, en bienes con afección (vivienda, empresa), mantenerlos 10 años. La bonificación tiene un límite de 150.000 € según el supuesto.
Reduce su valor en un 99% hasta 600.000 € para los herederos que la mantengan 5 años — una de las mejores protecciones de España para el hogar familiar.
Cómo trabajamos: inventario de bienes (incluida la casa en el pueblo: valoración, usos, cargas), cálculo con la normativa gallega o la que corresponda según el domicilio del fallecido, y presentación del modelo 650 ante la ATRIGA. Cifra cerrada por escrito antes de empezar.
Revisado: septiembre 2026 · Fuentes: DLeg 1/2011, art. 6 y ss. (BOE-A-2011-18161; ATRIGA; reforma Ley 7/2022), Axencia Tributaria de Galicia (atriga.gal), Ley 29/1987 (BOE). Cálculos orientativos; no sustituyen la liquidación definitiva.
Aunque salga casi gratis, hay que presentarlo bien. Y si el fallecido vivía fuera de Galicia, el cálculo cambia del todo.
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