Visado de estudios · Qué sirve y qué no

Qué centros sirven para el visado de estudios, y cuáles te queman el dinero

El Reglamento de 2024 trae una lista cerrada de estudios que habilitan la estancia por estudios, artículo 52.1, palabra por palabra. Elegir el curso equivocado no da un visado más lento, da un visado imposible. Esta es la lista, y la trampa más común para peruanos.

La trampa, primero Un peruano no puede pedir la estancia por estudios para aprender español. El art. 52.1.e).2º del RD 1155/2024 admite los estudios idiomáticos del castellano o de lenguas cooficiales solo cuando no sea la lengua materna o la oficial del país del solicitante, y el castellano es idioma oficial del Perú por el art. 48 de su Constitución. Tampoco existe la vía de academia de inglés o de otro idioma, el precepto solo cubre lenguas españolas. Si alguien te vende un visado de estudios con un curso de español, te está vendiendo humo.

Lo que sí habilita, por vías

VíaQué estudiosArtículo
Estudios superioresUniversidad, grado y máster, títulos propios universitarios, másteres de FP, cursos preparatorios y prácticas obligatorias, en centro reconocido y a tiempo completo52.1.a
Secundaria postobligatoriaCiclos formativos de grado medio y títulos de especialista de FP, en centro autorizado52.1.b
Certificados profesionales de FPGrado C, niveles 2 y 3, formación completa ni modular ni parcial, centro acreditado e inscrito, con autorización de cada acción formativa y al menos la mitad presencial52.1.e).5º
Habilitación profesionalFormación conducente a certificación de aptitud técnica o habilitación profesional, solo si la actividad concreta figura en la Resolución del órgano competente, y mientras esa Resolución no exista o no la liste, no hay vía52.1.e).4º
Movilidad de alumnosProgramas de intercambio de la Unión Europea o bilaterales, con alojamiento en familia seleccionada, internado o residencia adscrita52.1.c
VoluntariadoProgramas de servicios de voluntariado, un solo tipo de actividad y sin ánimo de lucro52.1.d
Auxiliares de conversaciónProgramas en centros educativos españoles inscritos en el registro estatal52.1.e).1º
Preparatorios sanitariosCursos para las pruebas de formación sanitaria especializada, con título habilitante español u homologado52.1.e).3º

Lo que no habilita, aunque lo anuncien así

Las 20 horas semanales, un mito

Circula por todas partes que el curso debe tener 20 horas lectivas semanales. Hemos revisado el texto consolidado del Reglamento completo y esa cifra no aparece. Lo que exige la norma es que el programa sea a tiempo completo, matrícula en al menos el 90% de los créditos o del programa en los estudios superiores y de secundaria (art. 52.2), y la presencialidad mínima de la mitad se exige en los estudios superiores no universitarios y en los certificados profesionales de FP, cada vía con su regla. El consulado de Lima sí pide que la carta del centro indique las horas lectivas, pero como dato descriptivo del programa, no como umbral fijo.

Cómo comprobar un centro antes de pagar nada

Preguntas frecuentes

¿Sirve un curso de español para el visado de estudios siendo peruano?

No. El Reglamento solo admite las enseñanzas de idiomas del castellano o lenguas cooficiales para quienes no tengan esa lengua como materna u oficial en su país, y el castellano es idioma oficial del Perú por su Constitución. Un peruano no puede pedir estancia por estudios para aprender español en España.

¿Y una academia de inglés u otro idioma?

Tampoco. El artículo 52.1.e).2º del Reglamento solo cubre el castellano y las lenguas cooficiales españolas, no existe vía de academia de inglés o alemán para la estancia por estudios.

¿Cuántas horas de clase tiene que tener el curso?

El Reglamento de 2024 no fija un mínimo de horas lectivas semanales. Lo que exige es tiempo completo, matrícula en al menos el 90 por ciento del programa en los estudios superiores y de secundaria, y la mitad presencial en los estudios no universitarios que la exigen, como los certificados de FP. Lo de las 20 horas semanales que circula por ahí no está en la norma.

¿Cómo compruebo si un centro vale para el visado?

Pidiendo al centro su inscripción en el registro oficial que corresponda, el Registro de Universidades, Centros y Títulos si es superior, o el registro estatal de centros docentes no universitarios si es FP. El reconocimiento oficial de una administración pública sirve de momento solo para la tramitación electrónica por el centro, no sustituye el encaje del estudio en el artículo 52.1. Si el centro no puede documentarlo, el expediente se puede denegar y la autorización se extingue si el centro pierde esa condición.

Revisado en septiembre de 2026 · Fuentes, RD 1155/2024 (BOE-A-2024-24099, texto consolidado), art. 52.1 y 52.2, y Constitución Política del Perú, art. 48. Verificación de la ausencia de mínimo de horas lectivas hecha por búsqueda literal en el XML consolidado del BOE.

¿Te ofrecen un curso y no sabes si vale?

Mándanos la carta del centro y te decimos si encaja en el artículo 52.1 antes de que pagues nada.

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