Estudiar en España · La llegada
Conseguir el visado fue la mitad del camino. Al aterrizar empieza un mes de trámites que, bien ordenados, se resuelven sin drama, y mal ordenados, te cuestan citas, semanas y algún susto. Esta es la guía que le damos a nuestros estudiantes, del aeropuerto al aula.
| Cuándo | Trámite | Con qué |
|---|---|---|
| Día 1 a 3 | Alojamiento firme, tarjeta SIM española y empadronamiento por cita | Contrato de alquiler o autorización del titular de la vivienda, pasaporte |
| Día 1 a 7 | Cita previa para la TIE, pedida el primer día que tengas dirección, las citas vuelan | Pasaporte con el visado tipo D |
| Semana 1 a 2 | Número de afiliación a la Seguridad Social, si vas a trabajar | Pasaporte, en la sede de la Seguridad Social |
| Semana 2 a 4 | Solicitud de la TIE presentada en la comisaría, dentro del primer mes de entrada | Cita, tasa de 16,08 € pagada con el modelo 790-012, resolución o visado, foto |
| Semana 2 a 4 | Cuenta bancaria y abono de transporte con descuento joven si te toca | Pasaporte, TIE o justificante, matrícula del centro |
| Al empezar el curso | Matrícula de continuidad si tu autorización dura más de un año (art. 55.2) | Justificante del centro cada curso |
Ojo con una cosa que confunde a todo el mundo, el plazo legal de un mes es para presentar la solicitud de la TIE, no para pedir la cita, y en septiembre y octubre las citas pueden tardar más de un mes. Lo práctico es pedir la cita el primer día y guardar el justificante, y si tu cita cae fuera del mes, pásanos el caso antes de que sea un problema.
Primero, esperar a instalarse bien para pedir la cita de la TIE, el mes corre desde el aterrizaje y las citas tardan. Segundo, dejar el seguro del visado caducar antes de tener alta de trabajo, hay un hueco en el que estás sin cobertura y eso puede costarte la prórroga. Tercero, no guardar los papeles del centro, cada curso académico hay que acreditar la continuidad cuando la autorización dura más de un año (art. 55.2), y quien tira el justificante de matrícula lo paga en la renovación.
La estancia se prorroga curso a curso hasta dos veces, y al terminar los estudios con el título en la mano, la salida a la residencia y el trabajo es por el art. 190, sin salir de España. La guía completa de la estancia por estudios tiene el mapa entero, y si tu título es peruano y aún no lo has homologado, mira la homologación explicada.
En el primer mes desde la entrada en España, si la autorización de estancia supera los 6 meses (art. 34.3 del RD 1155/2024). Se pide cita previa en la comisaría, se paga la tasa de 16,08 € con el modelo 790-012 y se presenta el pasaporte con el visado, la resolución y la foto.
El padrón del Ayuntamiento acredita tu domicilio y lo piden en muchos trámites, como la tarjeta sanitaria o expedientes del ayuntamiento. Se pide por cita con el contrato de alquiler o la autorización del titular de la vivienda.
Si tus estudios son superiores, sí, hasta 30 horas semanales y sin ningún trámite adicional, porque la autorización ya te habilita (art. 57 del RD 1155/2024). Al darte de alta en la Seguridad Social, el alta cubre además tu obligación de seguro médico.
El visado de estudios se pidió con un seguro válido toda la estancia (art. 35.i), así que al llegar ya tienes cobertura. Si empiezas a trabajar, el alta en la Seguridad Social sustituye al seguro privado (art. 57.5), y conviene no dejar pasar meses sin una u otra.
Cómo trabajamos. A nuestros estudiantes de Madrid les llevamos la TIE, el calendario de citas y las prórrogas con avisos, y el despacho está en la calle Amaniel, a un paseo de Gran Vía. Primera consulta gratuita, honorarios en nuestra tabla.
Revisado en septiembre de 2026 · Fuentes, RD 1155/2024 (BOE-A-2024-24099, texto consolidado), arts. 34.3, 35.i, 55.2 y 57, tasa de la TIE del modelo 790-012 (16,08 €) y trámites municipales del Ayuntamiento de Madrid. Los tiempos de cita son orientativos y varían por distrito y comisaría.
Te dejamos el mes de llegada preparado, cita de TIE, padrón y todo, para que tú solo estudies.
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