Calculadora · Impuesto de sucesiones 2026

¿Cuánto pagarías de impuesto de sucesiones?

Calculadora orientativa con la tarifa oficial de Cataluña (ATC), la andaluza (Ley 5/2021), la estatal (BOE, Ley 29/1987) y las bonificaciones de Comunidad Valenciana, Galicia, Madrid, Canarias y Asturias. En 20 segundos, la cifra y la comparativa.

Comparativa, heredar 300.000 € de tu madre

ComunidadRegla 2026A pagar aprox.
CataluñaTarifa del 7% al 32%, sin bonificación general I-II≈ 37.300 €
Comunidad ValencianaBonificación 99% grupos I-II≈ 514 €
Comunidad de MadridBonificación 99% grupos I-II≈ 514 €
GaliciaReducción 1.000.000 € + bonif. 99%0 €
AndalucíaReducción 1.000.000 € + bonif. 99%0 €
CanariasBonificación 99,9% grupos I-III≈ 51 €
AsturiasReducción 300.000 €, sin bonificación0 €

Comparativa con reducción estatal del grupo II aplicada en todos los casos y coeficiente 1,0. En Cataluña, la reducción autonómica propia puede variar la base. Úsala como foto inicial, el cálculo fino (vivienda habitual, empresa familiar, seguros, patrimonio preexistente real) lo hacemos en el despacho.

Metodología, tarifa estatal y coeficientes, Ley 29/1987 arts. 20-22 (BOE-A-1987-28141); tarifa y coeficientes catalanes, DLeg 4/2002, red. Ley 5/2020 (ATC, vigentes 1-5-2020; salto de coeficiente en 500.000 €); bonificación Madrid 99% grupos I-II y 50% grupo III desde 1-7-2025 (DLeg 1/2010 art. 25, redacción Ley 2/2025, BOCM 27-6-2025); Andalucía, reducción grupos I-II hasta 1.000.000 €, tarifa y coeficientes propios y bonificación 99% (Ley 5/2021, BOE-A-2021-17915, arts. 28, 37, 38 y 39, devengos desde 1-1-2022); Canarias, bonificación 99,9% grupos I-III (DLeg 1/2009 art. 24 ter, red. Decreto-ley 5/2023); Asturias, reducción sustitutiva de 300.000 € grupos I-II (DLeg 2/2014 art. 17, red. Ley 7/2017, sin bonificación general); bonificación GVA 99% grupos I-II (Ley 13/1997 art. 6 bis, red. Ley 7/2021) y grupo III 25% desde 1-6-2026, 50% desde 1-6-2027 (norma GVA 2025); Galicia, escala propia grupos I-II, reducción sustitutiva de 1.000.000 € y bonificación 99% con límite de 150.000 € (DLeg 1/2011, BOE-A-2011-18161, arts. 6, 25 y 37; vivienda, 99/97/95% según valor, tope 600.000 €, art. 7.Uno.Tres); GVA grupo III. Ley 5/2025, de 30 de mayo (BOE-A-2025-11959). En Galicia la reducción autonómica sustituye a la estatal. Coeficientes estatales del art. 22 de la Ley 29/1987 según patrimonio preexistente, 1,0, 1,05 y 1,10 para grupos I-II y 1,5882, 1,6676 y 1,7475 para grupo III, con umbrales en 402.678,11 € y 2.007.380,43 €. Revisado en septiembre de 2026. Resultado orientativo, no vinculante.